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¿Qué son las prácticas?
La ETSE tiene como objetivo estratégico que sus alumnos profundicen en el conocimiento de una organización empresarial, para ser capaces de combinar los conocimientos teóricos con los de contenido práctico, constatar la teoría adquirida en el aula y, de este modo, al término de sus estudios, disponer de una mínima experiencia previa a su incorporación al mundo profesional.
Este objetivo, entre otros, se alcanza realizando prácticas en empresas o entidades con las que se suscriben convenios de cooperación educativa, que son el instrumento que permite al alumno realizar una estancia de formación en una empresa o entidad pública o privada. Esta formación debe basarse en actividades estrechamente relacionadas con los contenidos de su titulación, ya que las prácticas forman parte de la formación integral del alumno, en su vertiente profesional, muy relacionada con la académica.
Durante el periodo de prácticas los estudiantes se hallan amparados por el convenio de cooperación educativa que regula la relación entre el alumno, la empresa o institución y la Universidad. Las tres partes deben firmar el convenio y recibirán un ejemplar de este.
Requisitos
Para realizar un convenio de prácticas, el alumno debe cumplir dos requisitos:
1. Prácticas curriculares:
- Estar matriculado de la asignatura establecida en el plan de estudios (Prácticas Externas I y/o Prácticas Externas II).
- Tener superados 120 ECTS en el momento de realizar la solicitud de estancia en prácticas. En el caso de la doble titulación de grado de Biotecnología y de Ingeniería Informática los estudiantes deben tener superados 144 ECTS. Este requisito no se pedirá en el caso de los másters.
IMPORTANTE: Las prácticas curriculares tienen carácter optativo, por tanto, el hecho de matricularse la asignatura/as no garantiza que el estudiante pueda llevar a cabo las prácticas externas. Por este motivo, la ETSE recomienda a los estudiantes que antes de formalizar la matrícula se aseguren que tienen una plaza para hacer la estancia en prácticas.
2. Prácticas extracurriculares:
- Tener matrícula vigente en una enseñanza de la Escuela en el curso en que se llevan a cabo las prácticas.
- Tener superados 120 ECTS en el momento de realizar la solicitud de estancia en prácticas. En el caso de la doble titulación de grado de Biotecnología y de Ingeniería Informática los estudiantes deben tener superados 144 ECTS. Este requisito no se pedirá en el caso de los másters. Los estudiantes que hayan superado todos los créditos necesarios para solicitar el título pueden hacer prácticas externas extracurriculares hasta la finalización del curso académico.
Duración
- La duración de las prácticas curriculares es la que corresponde de acuerdo con el plan de estudios. Todos los planes de estudio de grado tienen dos asignaturas de prácticas de 6 ECTS cada una:
- a. Prácticas Externas I 6 ECTS (estancia en empresa de entre 129 y 150 horas)
- b. Prácticas Externas II 6 ECTS (estancia en empresa de entre 129 y 150 horas)
- La duración de las prácticas externas extracurriculares no podrá superar el cincuenta por ciento del curso académico (750 horas), excepto que el estudiante realice durante esta estancia el Trabajo de Fin de Grado o Máster. En este caso, la duración de la estancia en prácticas podrá ser de un máximo de 950 horas.
- La suma de las horas de la estancia en prácticas curriculares y extracurriculares en un mismo curso académico no superará las 750 horas, excepto que sean para realizar el Trabajo de Fin de Grado o Máster. En este caso, podrá llegar a las 950 horas.
- Las estancias en prácticas acordadas en el anexo del convenio no pueden abarcar más de un curso académico.
Remuneración
La remuneración de las prácticas es considera una ayuda al estudio no un sueldo.
Las prácticas externas curriculares pueden ser remuneradas, si así lo acuerdan el centro docente y la entidad, empresa o institución colaboradora.
Las prácticas externas extracurriculares son remuneradas. Los importes mínimos en concepto de beca o ayuda al estudio son aprobados cada curso académico por la Comisión de Docencia, delegada del Consejo de Gobierno.
Se podrá hacer una excepción cuando la entidad colaboradora sea una entidad sin ánimo de lucro y dé de alta al estudiante al régimen general de la Seguridad Social.
La cantidad económica que reciba el estudiante es, en todo caso, en concepto de beca o ayuda al estudio, la tiene que pagar directamente la entidad colaboradora y está sujeta al régimen fiscal que le sea de aplicación.
La existencia o no de remuneración y la cantidad y la forma de pago, en su caso, se determinan en el anexo al convenio de cada estancia en prácticas.
Alta y cotización en la Seguridad Social (sólo para prácticas remuneradas)
Los estudiantes que realicen prácticas externas vinculadas a los estudios universitarios y sean remunerados quedarán asimilados a los trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. En consecuencia, los estudiantes deberán ser dados de alta y baja en la Seguridad Social, y habrá que liquidar las cotizaciones ante la Tesorería de la Seguridad Social según las normas previstas.
- La obligatoriedad establecida en esta normativa sólo afecta a las prácticas REMUNERADAS, ya sean curriculares o extracurriculares, aunque en el caso de las prácticas curriculares estan bonificadas al 100%, según ha establecido la disposición addicional 25ª del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, publicado en el BOE el sábado, 5 de julio. Es decir, en el caso de las prácticas remuneradas curriculares las empresas y entidades que acojan los estudiantes no deberán ingresar las cuotas a la Seguridad Social.
- La empresa o entidad que financie el programa de prácticas tendrá la condición de EMPRESARIO , asumiendo los derechos y obligaciones en materia de Seguridad Social establecidos para el Régimen General. Es responsabilidad, pues, de la empresa o entidad dar de alta y baja en el Régimen General de la Seguridad Social al estudiante, según la normativa vigente.
- El estudiante en prácticas disfrutará de las coberturas correspondientes al Régimen General de la Seguridad Social, excepto la prestación de paro.
Tutores académicos
En cualquier estancia en prácticas el estudiante dispondrá de un tutor en la empresa y un tutor en el centro (tutor ETSE-URV), los cuales se encargarán del seguimiento, la supervisión y ayuda durante el período del convenio. Sus funciones detalladas son:
Funciones del tutor de la empresa
- Fijar, orientar y supervisar las tareas que debe desarrollar el estudiante.
- Evaluar la actividad del estudiante en la empresa y emitir los informes que correspondan.
- Informar al tutor/a de la ETSE-URV de cualquier incidencia.
Funciones del tutor ETSE-URV
- Valorar la adecuación de las tareas a los contenidos propios de cada titulación y determinar los objetivos formativos de la estancia en prácticas.
- Evaluar el estudiante a partir de la valoración hecha por el tutor de la empresa y la memoria presentada por el estudiante.
- Orientarlo y ayudarle en sus relaciones con la empresa.
- Mantener informado al coordinador de prácticas de la ETSE sobre las incidencias y/o incumplimientos del estudiante, las empresas o entidades y valorar la colaboración prestada.
- Hacer el seguimiento de las prácticas y la visita a los centros que acogen estudiantes en prácticas, en su caso.
El tutor ETSE-URV será, en todo caso, un profesor en función de la titulación que curses. Consultar lista de tutores académicos.
Reconocimiento de experiencia laboral y profesional para la asignatura de Prácticas
Prácticas en el verano
Los estudiantes de grado y máster que, a pesar de no haberse matriculado de la asignatura Prácticas Externas, tengan previsto cursarla durante el período de verano es necesario que hagan la petición a través de la intranet de la ETSE en el apartado de prácticas, sección "adelanto de prácticas en verano". Este trámite estará vigente sólo del 1 al 15 de mayo. Y habrá que cumplir los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud:
- Disponer de los créditos necesarios para realizar la estancia en prácticas de acuerdo con lo que prevé la Guía de prácticas externas de la ETSE por cada plan de estudios.
- Tener acordado con una empresa los detalles de la estancia en prácticas que tendrá que empezar la primera semana de julio.
- La empresa debe presentar la solicitud de convenio desde el 1 al 31 de mayo, ambos incluidos, a través de la plataforma de gestión de convenios de la ETSE.
Bolsa de prácticas de la ETSE
La bolsa de ofertas de prácticas de la ETSE ha diseñado para facilitar el conocimiento y el contacto de nuestros estudiantes con las empresas del entorno a través de los convenios de cooperación educativa.
En el listado de ofertas de prácticas los estudiantes pueden consultar las ofertas que las diferentes empresas han hecho llegar a la Escuela y que han sido aceptadas, dado que se adecuan al perfil de las titulaciones que se imparten en el centro.
Las empresas pueden proponer estadas en prácticas para los estudiantes del centre. Para hacerlo tienen que registrarse en la web de la Escuela y rellenar el formulario de propuesta de oferta. Esta, una vez validada, será publicada en la web y los estudiantes la podrán consultar y inscribirse. Cuando finalice el período de inscripción marcado, las empresas podrán consultar los currículums de los estudiantes inscritos y hacer la selección.
Por cualguier duda pueden contactar con la OSD llamando al 977 55 96 06 o enviando un correo a practiques.etse(ELIMINAR)@urv.cat
Tramitación del convenio de prácticas
Para formalizar una estancia en prácticas es necesario que la empresa, el estudiante y la ETSE firmen un convenio.
Para iniciar la tramitación de este convenio la empresa tiene que registrarse en la web de la Escuela y rellenar la solicitud de convenio de prácticas. Se pueden consultar los campos a rellenar en el siguiente documento.
En el momento de presentar la solicitud el estudiante debe tener superados los créditos necesarios para realizar las prácticas: 120ECTS con la excepción de la doble titulación de grado de Biotecnología y de Ingeniería Informática en la que ha tener superados 144 ECTS.
En la Oficina de Suport a la Direcció de la ETSE (en adelante OSD) revisarán los datos y, si todo está correcto, redactarán el convenio y harán llegar tres ejemplares en formato pdf (uno por cada una de las partes) por correo electrónico a la persona de contacto de la empresa y al estudiante. Una vez impresos y firmados habrá que enviar los originales a la OSD para que el director de la Escuela pueda firmarlos.
Una vez finalizada la estancia en prácticas, el estudiante tiene derecho a que la empresa le facilite un certificado (anexo 3) donde se detallan de forma expresa la actividad desarrollada, la duración y, si es el caso, su rendimiento.
IMPORTANTE: La tramitación del convenio se iniciará con un mínimo de una semana antes de la fecha de inicio de las prácticas.
Para cualquier duda sobre la tramitación puede contactar con la OSD llamando al 977 55 96 06 o enviando un correo a practiques.etse(ELIMINAR)@urv.cat
Documentación relacionada con las prácticas
- Formulario de solicitud
- Anexo 1. Acuerdo de confidencialidad Trabajos de Fin de Grado (TFG), Trabajos de Fin de Máster (TFM)
- Anexo 2. Acuerdo de NO confidencialidad Trabajos de Fin de Grado (TFG), Trabajos de Fin de Máster (TFM)
- Anexo 3. Certificado del programa de prácticas
- Anexo 4. Modelo de extinción de convenio de cooperación educativa per mutuo acuerdo
- Anexo 6. Documento de prórroga del convenio de cooperación educativa
- Solicitud aplazamiento a junio/septiembre de la asignatura de Prácticas Externas
Disposiciones legales
- Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el cual se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
- Real Decreto 8/2014, de 4 de julio, de aprovación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
- Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.
- Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el cual se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el cual se establece la ordenación de los estudios universitarios oficiales.
- Normativa de prácticas externas de la URV.
- Guía de Prácticas externas de los estudiantes de la ETSE.
- Estatuto del estudiante universitario, aprobado por el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre.
Régimen jurídico y cobertura
La relación entre el estudiante y la entidad colaboradora es estrictamente académica y nunca de carácter laboral. El vínculo es un convenio de colaboración entre la empresa o institución y la Universidad, en el que la entidad colaboradora acoge un estudiante en prácticas durante un tiempo determinado. Por este motivo, el estudiante no recibe ninguna remuneración de carácter salarial. Aún así, en el convenio de colaboración especifica que puede recibir por parte de la empresa una cantidad en concepto de ayuda al estudio.
La cobertura social del estudiante queda garantizada por el seguro obligatorio adicional. En el caso de las prácticas remuneradas la empresa debe dar de alta al estudiante al Régimen General de la Seguridad Social, que gozará de las coberturas correspondientes a este régimen excepto la prestación de desempleo.